martes, 21 de octubre de 2008

PREGUNTAS FRECUENTES



¿Cómo hicieron el Sisbén y en dónde?

Se hizo a través de la aplicación de la ficha Sisbén, directamente en cada una de las viviendas la cual fue respondida por un residente habitual del hogar, mayor de 18 años, considerada como informante calificado. Ni en ese momento ni ahora la aplicación de la encuesta tiene costo alguno.

¿Que puedo hacer si nunca van a mi casa a realizar la encuesta?

Si esta situación se presenta, usted debe acercarse a la alcaldía de su municipio para que los responsables del Sisbén registren su dirección y, posteriormente, apliquen la ficha en su lugar de residencia.
Recuerde que el operativo de implantación del Sisbén se concentró en aquellos sitios donde más de la mitad de la población es pobre.

¿Cómo solicito la encuesta del Sisbén si no tengo mi cédula?

Si perdió su cédula y tiene la contraseña, puede solicitar y responder la encuesta. Pero si usted resulta beneficiado con algún subsidio, para acceder a él le exigirán su documento de identidad; por eso es recomendable efectuar los trámites correspondientes para la obtención del documento.

¿Que debo hacer si cambie mi documento de identidad ?

Si cambia su documento de identidad por el correspondiente a su edad o si antes no tenía y ya lo obtuvo, debe acudir a la oficina del Sisbén con una copia del documento con el fin de que su información sea actualizada.

¿Cuántas preguntas debo responder?

Usted debe responder 74 preguntas.

¿Que puedo hacer si no estoy conforme con mi nivel?

Si no está de acuerdo con su nivel debe acercarse a la oficina del Sisbén y solicitar una nueva encuesta; el municipio a su vez está en la obligación de aplicarla.

¿Que pasa cuando algún miembro del hogar fallece, nace una persona, alguien del hogar se va o llega una persona diferente a un nacimiento?

Igual que en la situación anterior usted debe acercarse a la oficina del Sisbén para registrar la novedad. • Si es un nacimiento o un fallecimiento debe presentar los certificados correspondientes al hecho y el administrador del Sisbén procede a la actualización de su ficha, de acuerdo con lo establecido. • Siempre que un miembro del hogar se va o fallece se debe reportarse a la administración del Sisbén, para realizar los ajustes respectivos a la ficha y contar con la información actualizada.• Si es el jefe del hogar quien fallece o quien se va del hogar, la familia debe precisarse quien es el nuevo jefe del hogar e informar a la administración del Sisbén.
¿Que debo hacer cuando me cambio de residencia, o mi vivienda sufre, por desastres naturales, algún tipo de deterioro?

En ambos casos debe acercarse a la oficina del Sisbén para solicitar una nueva encuesta. En los tres casos anteriores, no se requiere que quien hace la solicitud sea la persona que respondió la encuesta inicial, puede hacerlo cualquier miembro residente habitual del hogar, mayor de 18 años.

¿Si estaba inscrito en el antiguo Sisbén debo responder nuevamente?

Sí. Con el fin de tener la base de datos del Nuevo Sisbén a través de la cual se priorizan los beneficiarios y asignan los subsidios correspondientes a los distintos programas sociales, se hace necesario que todas las personas sean encuestadas nuevamente.

¿Cuándo tendré mi nuevo carné del Sisbén?

Una vez el Departamento Nacional de Planeación evaluó la información y autorizó al municipio el uso de la base Sisbén, las autoridades locales disponían de un tiempo prudencial de tres meses para suministrar el carné del Nuevo Sisbén a todas las personas que, independiente del nivel en que quedaron clasificadas, estaban incluidas en la base. Las personas que después del proceso de implantación del Sisbén solicitan actualización de su ficha, por la razón que sea, pueden obtener su carné inmediatamente, con la salvedad que si una vez el DNP, evalúa esta información y encuentra inconsistencias en las variables relevantes para la clasificación, el carné deberá ser modificado.

¿Si teniendo Sisbén me traslado de un municipio a otro, qué debo hacer?

Cuando usted cambia de municipio debe solicitar su eliminación de la base de datos de la localidad de origen y solicitar el certificado de desvinculación. Una vez se establezca en el otro municipio tiene que acudir al administrador Sisbén para solicitar que le apliquen la encuesta, presentar el certificado de desvinculación del municipio o distrito de orígen y de esta manera pueda seguir siendo un posible beneficiario de los subsidios del Estado. Los administradores de los municipios y distritos de origen, cualquiera que sea, están en la obligación de desvincular a la población de su base, si esta así lo solicita, tal como lo establece el artículo 15 de la Constitución Nacional.

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